Todos los empresarios que vayan a contratar trabajadores por primera vez deberán solicitar su inscripción en la Seguridad Social mediante el modelo TA.6 de forma presencial o bien de manera telemática utilizando el certificado digital para acceder a la página de la SS. Una vez completado el registro, la Tesorería General de la Seguridad Social le asignará un código numérico propio para la empresa, que se utilizará para su identificación y control de sus obligaciones con esta.
El código de cuenta de cotización que se le asigna a todas las empresas registradas en la Tesorería General de la Seguridad Social es un código numérico que este mismo organismo designa a los empresarios y sujetos responsables del pago de las cuotas al Sistema de la Seguridad Social. Años atrás, este código se correspondía con el número patronal y de inscripción, evolucionando hasta convertirse hoy en día en lo que conocemos como código de cuenta de cotización.
El CCC se compone de 11 dígitos, que se estructuran de la siguiente forma:
Al código de cuenta de cotización se vincularán todas las obligaciones que el empresario tenga con la Seguridad Social y servirá para identificarlo dentro del sistema.
Según la Ley de la Seguridad Social, todos los empresarios deberán darse de alta y solicitar un CCC o de lo contrario podrían conllevar graves sanciones.
El empresario deberá solicitar un código de cuenta de cotización mediante el modelo TA.7 en cada una de las provincias donde ejerza su actividad, y también en diversos supuestos donde sea necesario identificar colectivos de trabajadores que posean diferentes peculiaridades en su cotización. De ahí nace el concepto buscado como “código de cotización por provincias”, que no es más que la solicitud de dicho código en cada provincia en la que esté presente y ejerciendo la propia empresa.
A partir del año 2019 se produjo la unificación de los códigos de cotización, de tal manera que los empresarios no necesitaban solicitar un código secundario para identificar exclusiones de cotización de contingencias o prestaciones aplicables, en los que se incluyen casos como por ejemplo, dar de alta a un trabajador en formación. Antiguamente, para esta particularidad se necesitaba solicitar un código de cotización secundario, hasta el mes de julio del referido año donde se ha producido la unificación de las referencias. En estos casos, se deberá recurrir al Código de Cuenta principal.
El código de cuenta de cotización será asignado a cada empresa y constará como tal en el Registro de Empresas de la SS. Una vez que se complete la inscripción en el registro, la empresa recibirá su código en un documento que deberá conservar. De forma telemática a través de la web de la Seguridad Social podrá consultarlo las veces que lo necesite.
Es importante recalcar que se deben comunicar a la TGSS todos los cambios en los datos proporcionados al organismo, como el cambio de denominación social, cambio de domicilio, cambio de mutua...
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